¿Los portátiles van a tributar como salario en especie?

por | 25 Dic 2020 | Asesoría PYB

Hace unas semanas surgió la polémica de los portátiles en especie. Es decir, que los ordenadores portátiles que recibe el trabajador pasarían a sder catalogados como una parte de su salario en especie y tendrían que tributar por ello. Pero, ¿estamos ante un salario en especie de verdad o ante una herramienta de trabajo? Lo vemos:

Hacienda considera los portátiles del teletrabajo como salario en especie

La polémica está servida con esta noticia que saltó a la luz y que dejó a muchos trabajadores que ahora teletrabajan con los ojos abiertos como platos. Y es que, hay empresas que dan a sus empleados móviles y ordenadores para trabajar, para que puedan hacer el trabajo que con estos equipos desde cualquier parte.

Sin embargo, el Gobierno asegura que estos dispositivos que la empresa le cede a los empleados para hacer su trabajo, también los usan en su vida personal. Es decir, esos móviles y ordenadores que deberían usar únicamente para temas laborales, son usados para temas privados y de ocio. Ese uso privativo, establece la diferencia entre salario en especie del que no lo es.

No obstante, hay organizaciones que controlan el uso de los dispositivos y que saben si los usuarios los están usando fuera del horario de trabajo. De hecho, pueden limitar su uso. En ese caso, no podría tributar como salario en especie, dado que el trabajador solo podría hacer uso de ellos en su jornada laboral. Es decir, una manera de evitar que se contabilice como salario en especie, sería esta.

Claro que, en el caso de los móviles, si la empresa paga una tarifa plana para que el trabajador haga llamadas ilimitadas durante su horario de trabajo, aunque éste las haga fuera del horario, el coste es el mismo. Entonces, aunque no se debería hacer, se hace porque tampoco supone un coste extra para la empresa. Pero ya pasaría a ser parte del salario en especie.

En muchos casos, lo que se recomienda es que el trabajador apague el móvil en cuanto finaliza el horario laboral, así nadie le molesta y no trabaja más de la cuenta. Es una forma de que pueda desconectar de verdad. Y, que de paso, no lo utilice para temas personales. De hecho, muchas personas no lo usan de manera privada por este motivo.

¿Qué ocurre si se utilizan los dispositivos que cede la empresa al trabajador fuera del horario laboral?

Si se hace un uso privado de estas herramientas o es la propia empresa la que permite que se haga, de manera fiscal estaríamos ante un pago en especie. Es decir, debe aparecer en la nómina y hay que tributar por ello. Lo mismo para muchos otros casos; incluso si la empresa decide pagar el Internet de la casa del empleado al tener que teletrabajar.

No cabe duda de que Hacienda busca mecanismos para aumentar la recaudación. Por lo que permaneceremos atentos a ver cómo evoluciona la posible medida a lo largo del 2021.

¿Qué opinas? ¿Lo ves justo o injusto?