Recurso Potestativo de Reposición

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60,00

Compra el Recurso Potestativo de Reposición y un asesor de Asesoría PYB contactará contigo para redactar el contenido del recurso y presentarlo en la AEAT. El precio incluye asesoramiento y resolución de dudas. Te acompañamos en todo el proceso.

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Cómo presentar el recurso potestativo de reposición ante la AEAT

¿Necesitas contratar nuestro servicio de recurso potestativo de reposición ante la Agencia Tributaria? El objetivo de este servicio es el de recurrir actos administrativos. Por lo que, al adquirir este servicio, hacemos todos los trámites por ti. Es una forma de ganar en tranquilidad y saber que las cosas irán mejor.

¿Qué es?

El recurso potestativo de reposición se emite en contra de una resolución de la Agencia Tributaria. También se envía antes de la reclamación económico-administrativa.

Aún así, el hecho de interponer este recurso no suspende la deuda. Digamos que, la deuda sigue en curso y puede acabar en apremio y embargo.

¿Por qué presentar este recurso?

Es una vía que los profesionales tienen a su disposición para que la AT rectifique y/o revoque el acto dictado.

¿Qué plazo hay para presentarlo?

Se dispone de un 1 mes natural desde la notificación de resolución con liquidación provisional.

Es un plazo corto, de ahí a que por falta de tiempo muchos deleguen este servicio en manos de una asesoría, tal y como te ofrecemos dese Asesoría PYB.

¿Qué incluye la compra de este servicio?

Añadir el servicio del Recurso Potestativo de Reposición incluye lo siguiente:

  • Estudio de lo que te ha llevado a esta situación
  • Redacción del recurso potestativo de reposición para presentar en la AT
  • Resolución de posibles dudas en relación al recurso

Tras adquirirlo, recibirás un email del asesor que llevará tu caso, para que estés en las mejores manos.

¿Qué no incluye este servicio?

El servicio de Recurso Potestativo de Reposición de Asesoría PYB incluye todo lo comentado en esta descripción.

No se incluyen posibles intervenciones en Juzgados o Tribunales, negociaciones en procesos judiciales y/o arbitrales o la protocolización ante Notario.

¿En cuánto tiempo se tramita?

En Asesoría PYB tramitamos este recurso en solo 5 días laborables después de que nos envíes la información.

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