Actividad Empresarial VS Profesional

Ser autónomo no es tarea fácil. Si ya has dado el paso, seguramente te hayas topado con muchas dudas y preguntas a lo largo de todo el recorrido. Una de ellas, pasa por distinguir entre una actividad profesional y otra empresarial, dado que es clave para elegir correctamente el epígrafe del IAE, que determina el IVA y la retención en el IRPF. Conozcamos las diferencias entre actividad empresarial VS profesional:

 

Actividad empresarial Vs profesional

Uno de los primeros pasos para ser autónomo es el alta en el impuesto de actividades económicas (IAE). Es imprescindible para las personas que lleven a cabo cualquier actividad económica en España. Claro que, para elegir bien el epígrafe, es necesario elegir el que más se ajuste a tu actividad, sobre todo por las implicaciones fiscales que tiene.

Claro que, antes de elegir epígrafe, necesita conocer las diferencias entre actividad empresarial vs profesional:

Actividad empresarial 

Una actividad empresarial es la que tiene lugar dentro de una organización. Por ejemplo, un veterinario que monta una empresa destinada a un centro de atención a animales. Es el perfil que adopta el autónomo que emprende por cuenta propia y desarrolla su actividad.

Actividad profesional

Una actividad profesional la realiza una persona física de manera individual y directa. Ocurre cuando se asocian distintos profesionales, como pueden ser veterinarios, abogados, arquitectos, etc. Profesionales que forman parte de un colegio profesional.

¿Por qué es importante conocer la diferencia?

Por el tema de las tributaciones en cuanto a IVA e IRPF. Y es que, en función de un tipo o del otro, pueden variar. Por eso es importante que elijas correctamente tu actividad, para poder disfrutar de los beneficios fiscales concretos.

Normalmente, en las actividades profesionales suele ser un 15% en concepto de IRPF. Aunque es posible disfrutar del 7% durante los primeros 3 años de la actividad. En cuanto a la realización de trabajos a particulares, estarían exentos de IRPF y no habría que presentar el modelo 130 a hacienda siempre que el 70% de los ingresos del año natural anterior sean con retención.

En cuanto a las personas que ofrecen una actividad empresarial, emiten facturas sin retención. Pero tienen que liquidar el Modelo 130 de Hacienda cada trimestre, abonando por adelantado un 20% de los beneficios.

¿Se pueden realizar ambas actividades al mismo tiempo?

Sí. Puede ocurrir que una persona realice ambas actividades. Por lo que en ese caso, sería necesario darse de alta en ambos epígrafes, tanto empresarial como profesional; para poder disfrutar de los beneficios de cada uno en lo distintos trabajos. Estaríamos ante una situación de pluriempleo; por lo que abarca a los profesionales que realicen tareas por su cuenta y bajo la directrices de una empresa.

Ahora que conoces las diferencias entre actividad empresarial VS profesional, solo queda que elijas el epígrafe que más se ajuste a tus necesidades. Eso sí, ten en cuenta que podrías estar sujeto en ambas al mismo tiempo.

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