Para comenzar este artículo, nada mejor que recordar que debes tener en cuenta para poder solicitar la baja por paternidad de autónomos:

Requisitos – Baja paternidad

Existen varios requisitos que son necesarios para que se pueda solicitar el descanso por paternidad.

  1.  Lógicamente, estar dado de alta tanto en Hacienda como en la Seguridad Social.
  2. No tener deuda alguna con la administración, sean cuotas de autónomos pendientes, requerimientos de Hacienda por sanciones, etc.
  3. En caso de tener algún impago, tienes un plazo de 20 días para regularizar y saldar tus deudas con Seguridad Social y Hacienda, en el caso de no hacerlo, no tendrás acceso al permiso por paternidad. Tampoco a bonificaciones o prestaciones.
  4. Si cumples lo anterior, también deberás tener como mínimo un periodo de 180 días cotizados en los últimos 7 años o en su defecto, 360 días en toda tu vida laboral
  5. Y recuerda, el nacimiento de tu hijo debes comunicarlo antes de 15 días desde su nacimiento.

Una vez verificado que puedes acceder a la baja por parternidad, seguimos.

Como cualquier otro trabajador, el autónomo también tiene derecho a disfrutar el permiso por paternidad. También opta a recibir bonificaciones en su cuota mensual del RETA y percibir una prestación durante este periodo.

La baja por paternidad la puede solicitar todo aquél que haya tenido un hijo biológico, en adopción o acogimiento, bajo tutelaje familiar, etc.

Actualmente y tras los últimos cambios en normativa, el permiso por paternidad de un autónomo, se ha igualado en duración al de un trabajador asalariado.

¿Cuánto tiempo tengo de permiso por paternidad?

El periodo máximo que establece la Ley actual para disfrutar del permiso por paternidad es de 4 semanas. Algo que ha ido aumentando poco a poco con el paso de los años, si bien a día de hoy no se iguala al que solicitan las mujeres y que es de un total de 16 semanas.

¿Y si necesito más tiempo?

Si necesitas mas tiempo y tanto tu, como tu pareja trabajáis, podéis repartiros las semanas de descanso de la siguiente forma:

Cuanto la madre inicia su periodo de descanso, puede solicitar el total de la baja (16 semanas) o cederle al padre hasta un total de 10 semanas, ya que ella estará obligada por Ley a disfrutar, como mínimo, de las 6 primeras. Además como padre, se podrá solicitar que la baja sea simultáneamente en el tiempo a la de la madre o tras el periodo de descanso de esta.

En el caso de que existieran problemas hospitalarios, el padre puede seguir haciendo uso del tiempo de permiso cedido inicialmente aunque la madre no pueda reincorporarse al trabajo cuando le correspondiese por incapacidad temporal.

Si por otro lado la madre no cumple con los requisitos exigidos para disfrutar sus prestaciones, el padre podrá cursar el permiso por paternidad en el periodo que le hubiera correspondido a la madre.

¿Cuánto cobraré durante mi permiso?

Mientras te encuentres de permiso, puedes solicitar una bonificación del 100% de tu base reguladora por Incapacidad Temporal y de esta forma evitar el pago de tu cuota mensual.

En cuanto a la prestación económica, se determina según la base de contización por incapacidad temporal y contingencias comunes que tengas asignada. En el caso de la base mínima de autónomos, recibiría 884,40€.

Si decides estar menos tiempo de permiso, el importe a cobrar se reducirá en proporción a ese periodo.

Esperamos que está información te pueda ayudar de cara a solicitar tu baja por paternidad y disfrutes de tu hijo/a a tiempo completo.

¡Enhorabuena!