Registro Jornada

La entrada en vigor del Real Decreto-Ley 8/2019 el pasado 12 de mayo dio lugar al registro obligatorio de la jornada por control horario. Desde ese día, los autónomos, PYMEs u grandes empresas que tengan asalariados contratados están en la obligación de registrar la hora a la que llegan y a la que salen los trabajadores, para garantizar que se cumple la jornada de trabajo.

Con este paso, el Gobierno quiere que se guarde un registro diario de la hora de entrada y de salida del trabajador para evitar fraudes. Una medida que, a priori, debería favorecer las condiciones de los trabajadores. Pero, ¿qué implicaciones tiene este cambio para los empresarios? La necesidad de aplicar un sistema adecuado de control horario.

Registro de jornada laboral. ¿Qué es?

Con esta medida el Estado tendrá un control mayor en las empresas y en sus prácticas para evitar los fraudes por medio de la «explotación laboral» o la no retribución de las horas extra. Asimismo, se garantiza la salud y seguridad del trabajador, para que no haga más horas de las permitidas por ley.

El problema que tienen muchas empresas, es que desconocen cómo gestionar y controlar esta información. Así que veamos, paso a paso todo lo que hay que hacer:

¿Cómo implementarlo?

Las empresas pueden elegir el sistema de contabilización que desean. Es mucho mejor optar por un sistema informatizado, debido a que te aseguras menos problemas que los registros de jornada manual a papel sobre todo frente a una inspección de trabajo, dado que los papeles físicos son más fáciles de manipular y o extraviar. Por lo tanto, si quieres hacer mejor las cosas, lo ideal es que utilices un software.

Métodos del registro de jornada laboral

Los métodos más empleados son:

  • Registro en papel: es la vía más económica. Tiene la desventaja de que es más fácil de manipular (no gusta tanto a los inspectores) y se puede perder la información.
  • Máquina de fichaje: es un sistema de registro mediante ficha o tarjeta. No se puede manipular aunque no es apta para todos los tipos de trabajadores. El coste es alto.
  • Registro mediante un software: el coste existe pero es accesible y se puede automatizar toda esta información. Es una de las mejores opciones. Además si eres cliente nuestro y tienes contratado el servicio laboral, tendrás el registro de jornada TOTALMENTE GRATUITO.

Datos

¿Qué datos hay que recoger en el sistema de registro jornada?

  • Identificación de la empresa
  • Identificación del trabajador
  • Horario de inicio y de fin de jornada
  • Especificación de la jornada que indica el contrato de trabajo
  • Detalle de las horas laborales, complementarias y extraordinarias
  • Firma del trabajador y hora de entrada y salida
  • Firma del representante legal del negocio

Sanciones

El no cumplir con esta obligatoriedad puede dar lugar a sanciones desde los 626 hasta los 6.250 euros.

Pero además, no basta con cumplirlo, sino que debes conservar los registros durante 4 años. También deben estar a disposición de los trabajadores, representantes legales y posibles inspecciones laborales. Lo que de alguna forma también te obliga a contar con un sistema de protección de datos, para no perder nada.

Esperamos haberte aclarado tus dudas sobre el registro jornada. Si necesitas ayuda, desde Asesoría PYB podemos guiarte sobre los pasos a seguir, para que no tengas que hacer nada.

SOFTWARE DE REGISTRO DE JORNADA ¡GRATIS!

Llama al 900.52.52.13 o escríbenos.