sanciones autonomo

Trabajar por cuenta propia tiene sus riesgos. Uno de ellos, tiene que ver con las sanciones. Por ello, si eres autónomo seguro que te interesa conocer las principales sanciones a las que te enfrentas.

Sanciones autónomos

Estas son las 4 principales sanciones a las que se enfrentan los autónomos:

1- No pagar la cuota de autónomos

Si no pagas la cuota de autónomos a tiempo (la suelen pasar el último día natural del mes), tendrás que hacer frente a un recargo. Si la pagas en el mes natural siguiente, tendrás que sumar un recargo del 10%, si dejas pasar otro mes ya, el recargo ya sube al 20%.

Si te llega una reclamación y pagas antes de que venza el plazo, el recargo será del 20%. Si no haces caso y vence el plazo, pasará a ser del 35%,

Si estás disfrutando de la tarifa plana y te pasa que no puedes pagarla porque no tienes saldo en el banco, la perderás.

2- Presentar declaraciones o autoliquidaciones fuera de plazo

Esta sanción es, lamentablemente, una de las más habituales. Para que no te ocurra, es importante que estés al tanto de los plazos en cada trimestre, teniendo en cuenta que de un año para otro puede cambiar. Por lo general, es alrededor del día 20 en cada trimestre.

Para evitar la sanción, debes conocer qué modelos estás obligado a presentar. Estos son los principales:

  • Modelo 111 para retenciones de IRPF practicadas a trabajadores u otros profesionales
  • Modelo 114 para las retenciones aplicadas a alquileres de inmuebles urbanos
  • Modelo 130 para la autoliquidación del pago fraccionado de IRPF. Por módulos, también tendrás que presentar el 131
  • Modelo 179 para la declaración informativa trimestral del alquiler de una vivienda turística
  • Modelo 303 del IVA
  • Modelo 349 para las operaciones intracomunitarias

¿De qué sanciones hablamos? Si el retraso es inferior a 3 meses, el recargo sería de un 5%. De 3 a 6 meses, un 10 % y de 6 a 12 meses, un 15 %. A partir del año, el recargo será del 20%. 

En los casos graves podríamos tener que pagar un 50% y en los casos muy graves, hasta el 150 %.

3- No llevar la contabilidad a través de libros contables

Otra de las obligaciones de los autónomos es llevar la contabilidad mediante unos libros contables. Dependiendo del sistema mediante el cual tributes, serán unos u otros, para que puedas tener un seguimiento cronológico de todas las operaciones.

La sanción mínima es de 150 euros. Claro que, en casos excepcionales puede irse hasta los 6.000 euros.

Los libros y documentos deberás conservarlos al menos 4 ejercicios. A efectos mercantiles al menos 6 años. También en caso de cese de actividad o fallecimiento.

4- Errores en la facturación

A la hora de facturar pueden surgir errores que pueden dar lugar a una infracción. Y te preguntarás, ¿cuáles? 

  • Calcular mal el IVA
  • Numerar mal la factura
  • No tener el IVA desglosado
  • Poner un tipo de IVA erróneo

En estos casos, puedes hacer una factura rectificativa. De no hacerlo te enfrentas a una sanción de mínimo 150 euros.

¿Cómo evitar estas sanciones?

Si quieres evitar estas sanciones, lo mejor es tener a tu lado a una asesoría de autónomos que se encargue de hacer un seguimiento de todo lo que necesitas presentar, para que cumplas con los plazos y no tengas que lidiar con estas sanciones tan habituales.

¿Tienes alguna duda? ¡Podemos ayudarte!